La Hermandad puede admitir a todos los bautizados en la Iglesia Católica. Para ello, se debe solicitar la admisión formalmente por escrito, tal como indica el Artículo 7º de los Estatutos. Siempre que no se incurra en ninguno de los casos previstos en el canon 316 del Código de Derecho Canónico.
Para realizar la solicitud, hay que completar la solicitud de admisión que la Hermandad ha confeccionado. En esta, constaran los datos personales del solicitante, la declaración de estar bautizado en la Iglesia Católica, el consentimiento expreso del tratamiento legal de dichos datos con arreglo a la normativa vigente, la firma del mismo y los datos bancarios a efectos de hacerse efectiva la cuota anual cofrade. En caso de solicitudes de menores de edad, éstas deberán ir debidamente firmadas por uno de sus progenitores o por quien ejerza su patria potestad.
Ésta solicitud será entregada al Secretario de la Hermandad. Este, presentará la misma en la reunión de Junta Directiva más cercana. La Junta Directiva está facultada para admitir o no a cualquiera de los solicitantes.
Una vez admitida la solicitud por la Junta Directiva, el solicitante debe abonar la cuota de inscripción y la Medalla. De este modo, la secretaría procede a la inscripción del solicitante en el Libro Nomenclator de la Hermandad. Desde ese momento, el hermano tendrá la obligación de abonar la cuota cofrade anual.
Todo hermano que presente cambios en sus datos personales y de contacto debe ponerlo en conocimiento de la Hermandad presentando el formulario de cambio de datos.
Igualmente, aquel hermano que no tenga domiciliada su cuota puede hacerlo cumplimentando el correspondiente adeudo SEPA.